Lunes, 08 Diciembre 2025 21:59

La Reforma del Agua que Devuelve la Rectoría al Estado: Un Paso Histórico hacia la Sostenibilidad y la Equidad

Escrito por Melchisedech D. Angulo Torres/ Politólogo

La iniciativa de reforma a la Ley de Aguas Nacionales, impulsada por la administración de la Presidenta Claudia Sheinbaum, representa una transformación profunda y necesaria en la gestión del recurso hídrico en México. Lejos de atentar contra la propiedad privada, como han difundido voces opositoras, la ley se alinea rigurosamente con el Artículo 27 Constitucional, reafirmando un principio fundamental: las aguas nacionales son un bien de la Nación, no un objeto de lucro o propiedad absoluta particular. Este cambio busca perfeccionar el marco regulatorio para asegurar el derecho humano al agua y combatir las prácticas de acaparamiento que han precarizado el acceso en diversas regiones.

El corazón de la controversia no radica en la expropiación del recurso, sino en la redefinición de los derechos de uso que se otorgan mediante concesiones. Históricamente, estas concesiones —títulos administrativos, temporales y sujetos a condiciones— fueron tratadas en la práctica como activos transferibles y heredables, creando un mercado secundario irregular que incentivaba la especulación. La reforma aborda esta problemática de manera directa, prohibiendo la venta o transferencia de títulos entre particulares, garantizando que, al extinguirse un uso, el agua regrese al dominio público para ser reasignada bajo criterios de justicia social y sostenibilidad, y no de mercado.

Los objetivos declarados de la nueva ley son claros y responden a una urgencia nacional: fortalecer la rectoría del Estado a través de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) para un control más estricto y transparente. Esto incluye la revisión y regularización de concesiones existentes para combatir la sobreexplotación y el acaparamiento. En esencia, la ley busca eliminar el modelo de "negocio" que se formó alrededor del agua, asegurando que el recurso se destine prioritariamente al consumo humano y a la producción esencial, antes que a usos industriales o agrícolas de alto impacto que comprometan el futuro hídrico del país.

Las críticas que apuntan a una "pérdida de valor patrimonial" se basan en una expectativa económica creada bajo un marco legal laxo, donde la concesión de agua incrementaba artificialmente el valor de la tierra. La ley corrige esta desviación, separando el valor de la propiedad territorial del valor especulativo de un bien que, por mandato constitucional, pertenece a todos los mexicanos. Es una medida de responsabilidad intergeneracional que privilegia la sustentabilidad y la equidad por encima de los intereses patrimoniales de unos cuantos.

En el análisis legal, la conclusión es ineludible: la reforma no es una afectación a la propiedad privada del agua, ya que esta nunca ha existido en el marco legal mexicano. El debate se centra en la tensión entre la forma jurídica (el agua como bien nacional inalienable) y la práctica socioeconómica histórica (las concesiones asimiladas como activos patrimoniales). El Gobierno opta por alinear la práctica a la Constitución, garantizando que el agua no se convierta en una mercancía para maximizar ganancias, sino en el derecho fundamental que es.


@_Melchisedech

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