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Zavala fue trasladado al penal de Tepexi de Rodríguez
Gabriela García Guzmán
Una vez concluido el proceso judicial en contra de Javier López Zavala por el feminicidio de la abogada y activista Cecilia Monzón, se realizó de manera formal la solicitud para su traslado al Centro de Reinserción Social de Tepexi de Rodríguez, informó el titular de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), vicealmirante Francisco Sánchez González.
En entrevista, el funcionario explicó que mientras el proceso legal se encontraba en curso no era posible realizar su reubicación a otro centro penitenciario. Detalló que, una vez emitida la sentencia, se procedió a solicitar oficialmente su traslado al penal que corresponde. “Ya se hizo la solicitud formal para que sea trasladado al Penal del Altiplano, que es donde debe permanecer”, señaló.
Sánchez González precisó que el excandidato a la gubernatura de Puebla en 2010 se encontraba recluido en el penal del Altiplano y que, aunque se llevaron a cabo gestiones para que permaneciera en territorio poblano, la normativa impedía cualquier cambio de centro penitenciario antes de que concluyera el proceso judicial.
“Se realizaron las gestiones necesarias para que permaneciera en el estado; sin embargo, durante el desarrollo del juicio no se podía autorizar su traslado a otro penal”, reiteró el titular de la SSP.
Añadió que fue hasta la finalización del procedimiento legal cuando se determinó iniciar el trámite ante las autoridades penitenciarias federales para efectuar el traslado correspondiente, el cual ya fue gestionado conforme a los protocolos establecidos.
El cambio de centro penitenciario se llevará a cabo bajo estrictas medidas de seguridad y forma parte de los procedimientos administrativos del sistema penitenciario, con el objetivo de garantizar el orden y el adecuado seguimiento de la situación jurídica del sentenciado.
Cabe recordar que el pasado 31 de diciembre, el Tribunal de Enjuiciamiento de San Miguel impuso una sentencia de 60 años de prisión a Javier López Zavala por el feminicidio de Cecilia Monzón. La misma condena fue dictada contra Jair N. y Silvestre N., señalados como coautores del crimen. Además, los tres deberán cubrir multas e indemnizaciones que incluyen mil UMAs de multa, 3 mil UMAs por concepto de daño moral y mil 200 UMAs por reparación del daño.
Fracasan pruebas fabricadas en el caso Zavala
Raúl González
La ciudadana española Helena “N”, intentó dar un madruguete en la audiencia del día 04/11/2025 al presionar para que la Fiscalía incorporara la declaración del acusado Jair “N”, en el caso de Cecilia “N”.
Lo anterior, es una franca violación a lo dispuesto en el Artículo 378 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que establece que para poder incorporar cualquier declaración vertida con anterioridad y poder darle valor el Tribunal de Enjuiciamiento, el acusado debe ejercer ese derecho de declarar en juicio y no bajo amenaza o tortura, porque se invalida legalmente esa acción.
Si no se pronuncia -el acusado- en declarar en juicio, cualquier otra declaración vertidas fuera de juicio no tiene validez .
Ante esta situación, el Tribunal de Enjuiciamiento se pronunció justamente al no permitir la incorporación por parte del fiscal, lo que provocó que la ofendida Elena “N” se quedara muy molesta porque desea presionar a las autoridades a base de mentiras y falsas pruebas, creyendo que estaba con los fiscales de Gilberto Higuera.
Por eso fue tomado como un rotundo fracaso el hecho de que no logró su propósito de incorporar la declaración de Jair “N” , evidenciando la Fiscalía su incapacidad y poco conocimiento de las reglas del procedimiento .
