Aurelia Navarro Niño
La Red Plural de Mujeres lanzó un llamado de atención a la LXII Legislatura del Congreso local, al señalar que permanecen pendientes diversas reformas relacionadas con los derechos y la protección de las mujeres, como la Ley Valeria.
De acuerdo con la organización, hasta el momento no se ha concretado la aprobación de leyes impulsadas específicamente para atender las problemáticas que enfrentan las mujeres, entre ellas la denominada Ley Valeria, relacionada con el acecho, cuya discusión permanece pendiente desde 2024.
La Red también señaló como pendiente la armonización de la legislación estatal con la normativa nacional en materia de violencia vicaria, iniciativa que, aseguró, comenzó a promoverse desde 2024 y que actualmente presenta avances.
Las integrantes de la organización destacaron que, a nivel nacional, las colectivas han participado en la construcción de una definición de violencia vicaria que contemple mayores particularidades. Sin embargo, cuestionaron que estos avances todavía no se reflejen plenamente en la legislación estatal.
Al realizar un recuento del periodo 2016-2026, la organización destacó que la incidencia de feminicidios en Puebla ha presentado variaciones importantes. De acuerdo con los registros de incidencia delictiva citados en el análisis, en 2016 se contabilizaron 12 casos, mientras que para 2019 la cifra alcanzó 57, el punto más alto de la serie.
En ese contexto, en 2019 se declaró la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) para 50 municipios de Puebla, con un conjunto de 45 medidas de prevención, seguridad y justicia.
Posteriormente, los registros reportaron una disminución: 52 feminicidios en 2020, 37 en 2021 y 20 en 2022. Sin embargo, la tendencia volvió a incrementarse en los años siguientes, con 32 casos registrados en 2023 y 42 en 2024. Para 2025 se reportaron 25 feminicidios.
En cuanto a 2026, el corte disponible de enero a agosto contabiliza siete carpetas de investigación por feminicidio. La Red Plural de Mujeres subrayó que esta cifra corresponde únicamente a los primeros ocho meses del año, por lo que no debe compararse directamente con los registros de años completos.
