Jueves, 22 Enero 2026 12:34

Es oficial: SAT advierte que multará con más de 122 mil pesos a quien condicione una factura electrónica por este requisito, que no es obligatorio

Escrito por Redacción

El Imparcial

MÉXICO.- En medio de la confusión que persiste entre contribuyentes, comercios y empleadores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), advirtió que aplicará multas a quienes condicionen la emisión de una factura electrónica (CFDI), a la entrega de la Constancia de Situación Fiscal.

La autoridad tributaria lanzó esta advertencia en un comunicado oficial, con el objetivo de proteger a los contribuyentes, evitar prácticas indebidas y recordar cuáles son los datos estrictamente necesarios para cumplir con la emisión de comprobantes fiscales.

¿Es obligatoria la Constancia de Situación Fiscal para emitir facturas?

La respuesta del SAT es clara: no. La autoridad fiscal explicó que ningún comercio, prestador de servicios o empresa puede exigir la Constancia de Situación Fiscal como condición para emitir una factura electrónica.

De hacerlo, el emisor incurre en una infracción prevista en el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, que sanciona expresamente el condicionar la expedición de un CFDI a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la CSF.

Multas por exigir la Constancia de Situación Fiscal para facturar

El SAT detalló que esta conducta puede ser castigada con multas que van de 21 mil 420 pesos hasta 122 mil 440 pesos, dependiendo de la gravedad del caso.

Esta sanción aplica tanto a personas físicas como morales que, de manera indebida, exijan la CSF para cumplir con una obligación que no la requiere.

¿Qué datos sí se necesitan para emitir un CFDI?

Para emitir una factura electrónica, el SAT precisó que solo se requieren los siguientes datos del receptor:

Clave del RFC

Nombre o razón social

Código postal

Régimen fiscal

Estos datos pueden obtenerse de forma sencilla mediante la Cédula de datos fiscales, disponible en el portal oficial del SAT, sin necesidad de entregar la Constancia de Situación Fiscal completa.


Empleadores y nómina: la CSF tampoco es obligatoria

El organismo tributario también aclaró que los empleadores no deben solicitar la CSF a sus trabajadores para el timbrado de nómina.

En caso de requerir información fiscal de personas asalariadas, las empresas pueden solicitarla mediante un caso de aclaración, conforme a la ficha de trámite 44/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, incluida en el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

¿Para qué sirve realmente la Constancia de Situación Fiscal?

El SAT recordó que la CSF contiene información relevante únicamente para la o el contribuyente, como:

Actividades económicas registradas

Obligaciones fiscales

Domicilio fiscal

Régimen fiscal

CURP, en su caso


Por ello, no es un documento necesario para emitir CFDI, ni para facturas de ingresos ni para comprobantes de nómina.

¿La Constancia de Situación Fiscal tiene vigencia?

Otro punto importante que aclaró la autoridad es que la CSF no tiene vigencia.

Este documento solo se actualiza cuando el contribuyente realiza cambios en su información fiscal, como:

Cambio de domicilio fiscal

Actualización de régimen fiscal

Modificación de actividades económicas

Incorporación o corrección de la CURP

Por lo tanto, no es necesario tramitarla de manera periódica si no hay cambios en el RFC.

¿Dónde se puede obtener la Constancia de Situación Fiscal?

Aunque no es obligatoria para facturar, el SAT informó que la CSF está disponible a través de diversos canales oficiales:

Para personas físicas y morales:

Portal del SAT (sat.gob.mx), con Contraseña o e.firma vigente

Para personas físicas:

Aplicación SAT Móvil, con descarga permanente

SAT ID, con envío mensual

Oficina Virtual, mediante cita previa

Oficinas del SAT, incluso sin cita, presentando identificación oficial vigente o huella digital

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