Domingo, 17 Diciembre 2017 13:59

Tres empresas fueron multadas por incumplimiento del pago de aguinaldo

Escrito por Alejandro Camacho Fierro

Las multas para las empresas que incumplieron con el pago de aguinaldos fueron objeto de sanciones que llegaron a los 96 mil pesos.

Luego de concluir el plazo para el pago de aguinaldos, la delegación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), sancionó a tres empresas por el incumplimiento del pago de aguinaldos.

En total fueron más de 284 empresas que fueron revisadas por personal de la dependencia luego de las denuncias hechas por los trabajadores.

En conferencia de prensa, la delegada de la STPS, Vanessa Barahona de la Rosa, destacó que tras concluir el plazo para el pago de aguinaldos, iniciaron los procedimientos necesarios en contra de los patrones que por cuestiones particulares no justificadas, intentan evadir su responsabilidad de cubrir este beneficio obligatorio por ley.

Explicó que el aguinaldo es un derecho de los trabajadores, no una prestación, por lo que es un recurso irrenunciable y tampoco puede ser negociado.

Indicó que las multas para las empresas que incumplieron con el pago de aguinaldos fueron objeto de sanciones que llegaron a los 96 mil pesos.

Destacó que las multas establecidas a los patrones van de 18 mil hasta 365 mil pesos dependiendo el número de trabajadores afectados, así como la reincidencia que muestre el centro de trabajo.

La titular de la delegación detalló que se realizó una revisión en las empresas de Puebla, a fin de cerciorase que el pago de la prestación del aguinaldo se entregará a todos los trabajadores.

Recordó que el año pasado fueron cinco empresas sancionadas por incumplimiento, el monto total de multa fue de aproximadamente 5 millones de pesos.

De acuerdo con la ley laboral en el país, los patrones están obligados a pagar como mínimo 15 días de aguinaldo o la parte proporcional que corresponda a los trabajadores que tienen menos de un año desempeñándose en la empresa.

El aguinaldo es un pago que de acuerdo con el artículo 77 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), está exento de este gravamen. No obstante, el aguinaldo sí genera pago de impuestos siempre que el monto a recibir sea mayor a 30 días de salario.

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