Jueves, 02 Enero 2020 10:22

En el 2019 se crearon más leyes para la protección de la mujer

Escrito por Mauricio Santamaría Nava

Destacan el incremento de penas a victimarios que dañen a una o varias mujeres o que a través de campañas denigren a precandidata, candidata o funcionaria pública

En el último trimestre de 2019, la Cámara de Diputados aprobó 12 distintas reformas con el objetivo de garantizar la impartición de justicia, especialmente para los casos de violencia física y política contra las mujeres, así como incluir la perspectiva de género, el interés superior de la niñez y reforzar la reinserción social, informó la diputada Inés Parra. 

Entre las modificaciones turnadas al Senado de la República, destaca el incremento de las penas a victimarios que por razones de género, causen daño irreparable a la salud de una o varias mujeres o que, a través de campañas o mediante acciones denigren a una precandidata, candidata o funcionaria pública.

Incrementan penas a agresores de mujeres

También avanzó y se turnó al Senado de la República la reforma que establece que al que infiera alteración en la salud o daño, producido por causa externa, que deje huella material en el cuerpo de una mujer en razón de género, se le impondrán de 10 a 15 años de prisión.

Las modificaciones al Código Penal Federal consideran que hay razones de género cuando la alteración o daño sea denigrante, existan datos que establezcan que se cometió cualquier tipo de violencia racionalizada con el hecho delictuoso, del sujeto activo en contra de la víctima o haya sido incomunicada.

Castigo a la violencia política de género

De igual forma, se adicionó un artículo 20 Bis a la Ley General en materia de Delitos Electorales, a fin de imponer de cien a 400 días de multa y prisión, de uno a tres años al que, por razones de género, menoscabe o anule el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos político-electorales de una o varias mujeres.

Indica que se entenderá que hay razones de género cuando se ocasione un daño o menoscabo en la igualdad de los derechos políticos o electorales o de la función pública de la mujer, existan indicios de un trato diferenciado o haya existido entre el sujeto activo o la víctima una relación de jerarquía o subordinación, o que establezcan que hubo amenaza, acoso, violencia física, psicológica o sexual.

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